Robo, retirada de cadáveres, responsabilidad civil y peste equina
Aborto y parto distócico. Se cubren los siniestros de aborto por accidente o enfermedad no epizoótica, parto distócico de la yegua, muerte de la yegua por aborto o parto o muerte del potro.
Confirmación previa de la gestación mediante dos ecografías, una a los 18-21 días y la segunda antes de los 45 días. Reabsorción embrionaria.
En el caso de los sementales, cubre los daños derivados de la impotencia o incapacidad total y permanente para cubrir yeguas por un accidente o enfermedad no epizoótica.
Fallecimiento o sacrificio por accidente o enfermedad, incluyendo la muerte a consecuencia de cólico. Cubre, además el riesgo de transporte por carretera o ferrocarril y en ferias, concursos y exposiciones. Igualmente se incluyen los potros hasta seis meses de edad, en el caso de las yeguas de vientre, con Carta Individual y controladas por Cría Caballar.
Gastos de asistencia veterinaria del animal, incluyendo la atención médica veterinaria necesaria para el tratamiento del síndrome cólico desde la aparición de los primeros síntomas; cirugía a consecuencia de cólico, hospitalización por problemas respiratorios, como neumonía, pleuritis, y pleuroneumonía; problemas ortopédicos, como la reparación de fracturas y fisuras óseas o lavados articulares; así como el transporte a Centros Veterinarios colaboradores.